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Artículo UNDECIMO transitorio de la Ley 20.426

Moderniza gendarmeria de chile incrementando su personal y readecuando las normas de su carrera funcionaria

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1011882 / 8900659.

Texto oficial

Artículo undécimo.- Corresponderá a los Ministerios de Justicia y de Hacienda, en el ejercicio de sus funciones y dentro del ámbito de sus competencias, formular y presentar al Presidente de la República una propuesta de rediseño de la institucionalidad en materia de reinserción social y rehabilitación de las personas sujetas a control penal."