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Artículo 14 del Decreto 19

Determina suspensión de la garantía explícita de oportunidad establecida en la ley n° 19.966, otorga facultades extraordinarias a las autoridades que señala y establece medidas que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1011973 / 8901613.

Texto oficial

Artículo 14.- El presente decreto entrará en vigencia sin esperar su total tramitación, en razón de la urgencia requerida para adoptar las medidas administrativas necesarias para hacer frente a la catástrofe indicada en los considerandos de este acto administrativo.