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Artículo 4 del Decreto Con Fuerza de Ley 2

Complementa decreto con fuerza de ley (g) nº 1, de 25 de febrero de 2010, y otorga vigencia provisoria a normas estatutarias que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1012238 / 8905209.

Texto oficial

Artículo 4º.- Declárase que mientras no se dicten los decretos con fuerza de ley señalados en el inciso primero del artículo sexto transitorio de la Ley Nº 20.424, el Subsecretario de Defensa, autoridad de gobierno, grado C, EUS, será remunerado en forma transitoria, con cargo a los presupuestos de las antiguas plantas de las Subsecretarías de Aviación y/o de Marina.