Texto oficial
Artículo 40.- Se entenderá por Trastorno de Déficit
Atencional, o Trastorno Hipercinético o Síndrome de
Déficit Atencional, al trastorno de inicio temprano, que
surge en los primeros 7 años de vida del o la estudiante y
que se caracteriza por un comportamiento generalizado, con
presencia clara de déficit de la atención, impulsividad
y/o hiperactividad. Este comportamiento se evidencia en más
de un contexto o una situación, tales como el hogar, la
escuela y/o actividades sociales, entre otras, y produce un
malestar clínicamente significativo o una alteración en el
rendimiento social o académico del o la estudiante.
El Trastorno de Déficit Atencional tiene su origen en
factores neurobiológicos, genéticos y no obedece a
factores socio ambientales, como pobreza de estimulación,
condiciones de vida extrema, privación afectiva, así como
tampoco a trastornos sensoriales, discapacidad intelectual,
trastornos afectivos o de ansiedad, entre otros.
Los factores psicosociales y familiares no constituyen
causas de origen del Trastorno de Déficit Atencional, no
obstante son factores determinantes en su manifestación, ya
que influyen en la intensidad y duración del trastorno y en
las posibilidades de integración y logro de aprendizajes
del o la estudiante, por lo que deben ser considerados en la
elección de los apoyos educativos.