Texto oficial
Artículo 98.- Modifíquese el decreto exento Nº
1.300, de 2002, del Ministerio de Educación, en el
siguiente sentido:
a) Deróguense sus artículos 4º y 7º.
b) Reemplázase la letra a) del artículo 10 por la
siguiente: "a. Del ingreso: El ingreso de los alumnos a una
escuela especial de lenguaje o a un proyecto de integración
escolar se regirá por lo dispuesto en el Reglamento que
fija normas para determinar los alumnos con necesidades
educativas especiales que serán beneficiarios de las
subvenciones para educación especial.".