Texto oficial
Artículo 6°.- Sin perjuicio de lo establecido en el
inciso tercero del artículo 1º, la concesión,
modificación y funcionamiento de los Servicios se regirá
por las reglas que se indican en los artículos siguientes.
Crea los servicios de radiodifusión comunitaria ciudadana
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1013004 / 8915246.