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Artículo 45 del Decreto 331

Aprueba reglamento de la ley nº 20.365, que establece franquicia tributaria respecto de sistemas solares térmicos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1013622 / 8921356.

Texto oficial

Artículo 45.- Tratándose de Sistemas Solares Térmicos utilizados por más de una vivienda, el administrador del condominio o quien haga sus veces, podrá solicitar la inspección en el plazo y de acuerdo al procedimiento señalado en el artículo precedente, debiendo informar, por escrito, a los copropietarios y al Comité de Administración, en su caso.