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Artículo 4 del Decreto 122

Establece normas secundarias de calidad ambiental para la protección de las aguas del lago llanquihue

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1014239 / 8931430.

Texto oficial

Artículo 4º.- Para efectos del cumplimiento y fiscalización del presente decreto, se establecen cuatro áreas de vigilancia. La delimitación y ubicación de las áreas de vigilancia se establecen en la tabla siguiente y se diagraman en la figura 1: Tabla 1: Áreas de Vigilancia en el lago Llanquihue