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Artículo 14 del Decreto 122

Establece normas secundarias de calidad ambiental para la protección de las aguas del lago llanquihue

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 1014239 · idParte: 8931444

Texto oficial

Artículo 14º.- El monitoreo para verificar el cumplimiento de las normas secundarias de calidad ambiental se efectuará de acuerdo a los métodos de muestreo y condiciones de preservación y manejo de las muestras establecidos en la siguiente Tabla, o conforme a sus versiones actualizadas. Tabla 3: Métodos de Muestreo