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Artículo 5 transitorio de la Ley 20.447

Introduce en la ley orgánica constitucional del congreso nacional las adecuaciones necesarias para adaptarla a la ley nº 20.050, que reformó la constitución política de la república

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1014377 / 8940998.

Texto oficial

Artículo 5º.- El Senado sólo podrá adoptar el acuerdo a que se refiere el inciso primero del artículo 3º A de la ley N° 18.918 hasta el 10 de marzo de 2010.".