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Artículo 27 del Decreto 113

Aprueba nuevo estatuto general de la cruz roja chilena

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1014820 / 8937441.

Texto oficial

Artículo 27.- El Secretario Nacional es la autoridad que tendrá la responsabilidad de supervisar la labor administrativa de la Institución.