Texto oficial
Artículo 61.- La Cruz Roja Chilena se suma al espíritu de universalidad que une a todos los miembros del Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, manteniendo relaciones fluidas y continuas con ellos.
Participa en las acciones internacionales del Movimiento en la medida de los recursos humanos y materiales disponibles.
Además ejerce los derechos y asume las obligaciones que se derivan de su integración al Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, de conformidad con los estatutos de ésta y con sus propios Estatutos.
Como miembro de la Federación Internacional de Sociedades de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja también ejerce los deberes y derechos de ésta.