Texto oficial
Art. 10. Sin perjuicio de los derechos y deberes que
establecen las leyes y reglamentos, los integrantes de la Ley Nº 20.370 Art.
comunidad educativa gozarán de los siguientes derechos y 10 D.O. 12.09.2009
estarán sujetos a los siguientes deberes:
a) Los alumnos y alumnas tienen derecho a recibir una
educación que les ofrezca oportunidades para su formación
y desarrollo integral; a recibir una atención y educación
adecuada, oportuna e inclusiva, en el caso de tener
necesidades educativas especiales; a no ser discriminados
arbitrariamente; a estudiar en un ambiente tolerante y de
respeto mutuo, a expresar su opinión y a que se respete su
integridad física y moral, no pudiendo ser objeto de tratos
vejatorios o degradantes y de maltratos psicológicos.
Tienen derecho, además, a que se respeten su libertad
personal y de conciencia, sus convicciones religiosas e
ideoló