Texto oficial
Art. 27. La edad mínima para el ingreso a la
educación básica regular será de seis años y la edad máxima Ley Nº 20.370 Art.
para el ingreso a la educación media regular será de 27 D.O. 12.09.2009
dieciséis años. Con todo, tales límites de edad podrán
ser distintos tratándose de la educación especial o
diferencial, o de adecuaciones de aceleración curricular,
las que se especificarán por decreto supremo expedido a
través del Ministerio de Educación.