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Artículo PRIMERO transitorio del Decreto Con Fuerza de Ley 4

Fija planta de personal del ministerio del medio ambiente y del servicio de evaluación ambiental y regula las demás materias a que se refiere el artículo segundo transitorio de la ley n° 20.417

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1015240 / 8946670.

Texto oficial

Artículo Primero.- Los funcionarios de la Comisión Nacional del Medio Ambiente traspasados en virtud del presente decreto con fuerza de ley al Ministerio del Medio Ambiente o al Servicio de Evaluación Ambiental tendrán derecho al pago del incremento por desempeño institucional y colectivo de la asignación de modernización que corresponda pagar el año 2010 en función del grado de cumplimiento de los objetivos de gestión comprometidos en el decreto exento N° 390, de fecha 30 de diciembre de 2008, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia y de las metas comprometidas en virtud del convenio de desempeño colectivo aprobado por la Resolución Exenta N° 4254,de la Comisión Nacional del Medio Ambiente, de fecha 30 de octubre de 2008, modificada por la Resolución Exenta N° 5109, de la Comisión Nacional del Medio Ambiente, de fecha 28 de agosto de 2009. El incremento colectivo se pagará en función del cumplimiento de los objetivos de gestión o las metas del equipo, unidad o área de trabajo, al que hubiere pertenecido el funcionario traspasado en la institución de origen.