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Artículo 1 de la Ley 20.455

Modifica diversos cuerpos legales para obtener recursos destinados al financiamiento de la reconstrucción del país

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1015783 / 8955046.

Texto oficial

"Artículo 1°.- Auméntase transitoriamente la tasa establecida en el artículo 20 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, contenida en el artículo 1° del decreto ley Nº824, de 1974, de la siguiente manera: a) A 20% (veinte por ciento) para las rentas que se perciban o devenguen durante el año calendario 2011. b) DEROGADA.