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Artículo 70 del Decreto Con Fuerza de Ley 5

Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley n° 17.997, orgánica constitucional del tribunal constitucional.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1016103 / 8962872.

Texto oficial

LEY N° 17.997 Art. Artículo 70. Las sentencias se comunicarán al 45 D.O. 19.05.1981 requirente y, en su caso, al Presidente de la República, al LEY N° 17.997 Art. Senado, a la Cámara de Diputados y a la Contraloría 45 D.O. 19.05.1981 General de la República, para los fines a que hubiere LEY N° 20.381 Art. lugar. Único N° 49 D.O. 28.10.2009