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Artículo 69 del Decreto Con Fuerza de Ley 5

Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley n° 17.997, orgánica constitucional del tribunal constitucional.

Estado
Vigente
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idNorma: 1016103 · idParte: 8962871

Texto oficial

LEY N° 17.997 Art. Artículo 69. Excepcionalmente y por razones fundadas, 44 D.O. 19.05.1981 el Tribunal podrá declarar la inconstitucionalidad de las LEY N° 20.381 Art. normas cuestionadas basado únicamente en fundamentos Único N° 48 D.O. constitucionales distintos a aquellos que han sido invocados 28.10.2009 por las partes en la litis. En este caso, deberá advertirles acerca del uso de ese posible precepto constitucional no invocado y permitirles así referirse a ello. Dicha advertencia podrá efectuarse en cualquier etapa del juicio, incluyendo la audiencia de la vista de la causa, cuando proceda, y también como medida para mejor resolver.