Texto oficial
LEY N° 20.381 Art.
Artículo 90. Resuelta la cuestión de inaplicabilidad Único N° 57 D.O.
por el Tribunal Constitucional, no podrá ser intentada 28.10.2009
nuevamente, por el mismo vicio, en las sucesivas instancias
o grados de la gestión en que se hubiere promovido.