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Artículo 114 del Decreto Con Fuerza de Ley 5

Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley n° 17.997, orgánica constitucional del tribunal constitucional.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1016103 / 8962924.

Texto oficial

Artículo 114. El Tribunal podrá, de acuerdo a lo LEY N° 20.381 Art. establecido en el artículo 38, disponer la suspensión del Único N° 65 D.O. procedimiento en que incida su decisión si la continuación 28.10.2009 del mismo puede causar daño irreparable o hacer imposible el cumplimiento de lo que se resuelva, en caso de acogerse la contienda.