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Artículo 141 del Decreto Con Fuerza de Ley 5

Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley n° 17.997, orgánica constitucional del tribunal constitucional.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1016103 / 8962954.

Texto oficial

LEY N° 20.381 Art. Artículo 141. El Tribunal resolverá si es preciso Único N° 74 D.O. recibir prueba. En caso de que lo estime necesario, se 28.10.2009 aplicará lo dispuesto en el artículo 123. El Tribunal apreciará la prueba en conciencia.