Texto oficial
Art. 1º Los autores de todo jenero de escritos, ó de composiciones de música, de pintura, dibujos, escultura y en fin de aquellos á quienes pertenece la primera idea en una obra de literatura ó de las letras, tendrán el derecho esclusivo, durante su vida, de vender, hacer vender ó distribuir en Chile sus obras por medio de la imprenta, biografía molde, ó cualquiera otro medio de reproducir ó multiplicar las copias.