Texto oficial
6º Los estranjeros que publiquen sus obras en Chile gozarán de los mismos derechos que los chilenos, y si publicadas en otro pais hacen en Chile nueva edición, gozarán de iguales derechos por el término de diez años.
Privilejio esclusivo.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1016800 / 8973642.