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Artículo 2 de la Ley 20.467

Modifica disposiciones de la ley nº18.314, que determina conductas terroristas y fija su penalidad

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1017644 / 9015495.

Texto oficial

Artículo 2º.- Agrégase a la letra f) del artículo 20 de la Ley Nº 19.640, Orgánica Constitucional del Ministerio Público, la siguiente oración final: "Asimismo, le corresponderá prestar asesoría a quienes sean víctimas de delitos que la ley califica como terroristas.".