Texto oficial
Artículo cuarto.- Los funcionarios que a la fecha de publicación del presente decreto con fuerza de ley desempeñen, en calidad de titulares, los cargos de Subdirector Administrativo y Subdirector Técnico, ambos grado 3°, de la Planta de Oficiales Penitenciarios, serán traspasados por el solo ministerio de la ley a los cargos de Subdirector de Administración y Finanzas y Subdirector Técnico, ambos grado 3°, respectivamente, creados en la Planta de Directivos por el literal a), del artículo 4° del presente decreto con fuerza de ley. Con todo, estos funcionarios continuarán rigiéndose por las disposiciones vigentes a la época de su designación.