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Artículo 1 de la Ley S/N · Organización i atribuciones de las municipalidades

Organización i atribuciones de las municipalidades

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1019770 / 9064416.

Texto oficial

Artículo 1º Habrá Municipalidad en toda poblacion cabecera de departamento, i en las demas en que el Presidente de la República lo acordare, oyendo al Consejo de Estado.