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Artículo 15 de la Ley S/N · Organización i atribuciones de las municipalidades

Organización i atribuciones de las municipalidades

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1019770 / 9064431.

Texto oficial

Art. 15.- Las municipalidades tendrán sus sesiones cuatro veces en el año: en los meses de febrero, mayo, agosto i noviembre. Sus sesiones deberán durar doce dias a lo ménos, i podrán estenderse a veinte.