Saltar al contenido

Artículo 37 de la Ley S/N · Organización i atribuciones de las municipalidades

Organización i atribuciones de las municipalidades

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1019770 / 9064456.

Texto oficial

Art. 37.- Los alcaldes, fuera de las funciones que les corresponden como miembros de la Municipalidad, ejercen las de jueces de policía local en la cabecera del departamento o territorio municipal.