Texto oficial
Art. 102.- El gasto ilegal hace responsables a los municipales que lo acordaren. Esta responsabilidad debe reclamarla el procurador municipal, de oficio o requerido por el Intendente. También podrá requerir al procurador, para que entable la correspondiente accion ante los tribunales el inspector de fondos municipales.
De la misma manera se hará efectiva la responsabilidad de los que concurran a calificar una fianza a favor de los intereses municipales, si al tiempo de admitirle, el fiador no hubiese tenido responsabilidad bastante.