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Artículo 102 de la Ley S/N · Organización i atribuciones de las municipalidades

Organización i atribuciones de las municipalidades

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1019770 / 9064524.

Texto oficial

Art. 102.- El gasto ilegal hace responsables a los municipales que lo acordaren. Esta responsabilidad debe reclamarla el procurador municipal, de oficio o requerido por el Intendente. También podrá requerir al procurador, para que entable la correspondiente accion ante los tribunales el inspector de fondos municipales. De la misma manera se hará efectiva la responsabilidad de los que concurran a calificar una fianza a favor de los intereses municipales, si al tiempo de admitirle, el fiador no hubiese tenido responsabilidad bastante.