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Artículo 14 de la Ley S/N · Prelación de créditos

Prelación de créditos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1020846 / 9082347.

Texto oficial

Art. 14.- La hipoteca es especial o general: especial, la que afecta determinados bienes raices del deudor; jeneral la que afecta indistintamente a todos los bienes. Para los efectos de la prelacion, la denominacion de hipoteca especial se estiende a los censos.