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Artículo 27 de la Ley 20.486

Otorga reajuste de remuneraciones a los trabajadores del sector público, concede aguinaldos y otros beneficios que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1021285 / 9080559.

Texto oficial

Artículo 27.- Decláranse bien pagados al personal civil de planta y a contrata de las antiguas Subsecretarías de Guerra, de Marina y Aviación y de la Dirección Administrativa del Ministerio de Defensa Nacional, los montos correspondientes al año 2010 de las asignaciones del artículo 9° de la ley N° 20.212 y del artículo 1° de la ley N° 19.553, y de las bonificaciones del artículo 8° de la ley N° 19.553 y del artículo 12 de la ley N° 20.212, según corresponda, de conformidad a las normas del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2010, del Ministerio de Defensa, Subsecretaría de Guerra.