Texto oficial
Artículo séptimo.- Los derechos y obligaciones
contraídos por el Ministerio del Interior en virtud de la
ejecución de los Programas Presupuestarios 05.01.04 y
05.01.05 de la Ley de Presupuestos del año respectivo,
quedarán radicados en el Servicio Nacional para la
Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y
Alcohol y la Subsecretaría de Prevención del Delito,
respectivamente.".