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Artículo 3 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Fija planta de personal de la subsecretaría de turismo y regula las demás materias a que se refiere el artículo cuarto transitorio de la ley nº 20.423

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1021647 / 9091944.

Texto oficial

Artículo 3º.- Determínese que la fecha de iniciación de actividades de la Subsecretaría de Turismo y la vigencia de la planta de personal que se fija en el artículo 1º será a contar del 1 de enero de 2011.