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Artículo TERCERO transitorio del Decreto 79

Reglamento aplicable a la elaboración de preparados farmacéuticos en recetarios de farmacia

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1022315 / 9102808.

Texto oficial

ARTÍCULO TERCERO TRANSITORIO.- Mientras no se apruebe la Farmacopea Farmacéutica Oficinal Oficial, los Recetarios podrán utilizar la Farmacopea Oficial Chilena.