Texto oficial
ARTÍCULO TERCERO TRANSITORIO.- Mientras no se apruebe
la Farmacopea Farmacéutica Oficinal Oficial, los Recetarios
podrán utilizar la Farmacopea Oficial Chilena.
Reglamento aplicable a la elaboración de preparados farmacéuticos en recetarios de farmacia
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1022315 / 9102808.