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Artículo 70º de Auto Acordado S/N

Fija el texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de los autos acordados sobre funcionamiento y tramitación de las causas y asuntos que deben sustanciarse ante el tribunal calificador de elecciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1022494 / 9106029.

Texto oficial

70° Certificación. El Secretario de la Junta Electoral deberá enviar una fotocopia del Acta solicitada, certificando su autenticidad con el respectivo timbre, sello y firma, indicando los datos necesarios para su adecuada singularización y, a lo menos, el número de Circunscripción Senatorial o Distrito Electoral, según corresponda, región, nombre de la Circunscripción Electoral, número de mesa y sexo de los electores.