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Artículo 69º de Auto Acordado S/N

Fija el texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de los autos acordados sobre funcionamiento y tramitación de las causas y asuntos que deben sustanciarse ante el tribunal calificador de elecciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1022494 / 9106028.

Texto oficial

69° Solicitud. El Tribunal podrá solicitar, por los medios más expeditos, a los Secretarios de las Juntas Electorales el envío de una copia autorizada del Acta de Escrutinio de Mesa Receptora de Sufragios estampada en el Registro respectivo, conforme lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 73, en relación con el numeral cuarto del artículo 103 de la Ley Nº 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios.