Saltar al contenido

Artículo 75º de Auto Acordado S/N

Fija el texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de los autos acordados sobre funcionamiento y tramitación de las causas y asuntos que deben sustanciarse ante el tribunal calificador de elecciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1022494 / 9106036.

Texto oficial

75º Oportunidad. Cuando el Tribunal Calificador de Elecciones estime estrictamente necesario abrir una o más cajas con cédulas electorales para realizar el escrutinio público de la votación recibida en una o más mesas receptoras de sufragios, mediante resolución fundada, deberá indicar la o las mesas receptoras de sufragios a escrutar públicamente y fijará la audiencia en que se procederá a la diligencia.