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Artículo 15 de la Ley S/N · Instrucción primaria.-lei jeneral del ramo

Instrucción primaria.-lei jeneral del ramo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1022941 / 9110489.

Texto oficial

Art. 15. Las municipalidades presentarán anualmente al Presidente de la República el presupuesto de los gastos que deban hacerse en la instrucción primaria de sus departamentos para que sea aprobado, previas las modificaciones que juzgare convenientes.