Texto oficial
Art. 28.- El acuerdo del jurado i la sentencia del juez se transcribirá en el mismo dia al Gobernador departamental, quien ordenará su publicacion en los periódicos.
Lei sobre abusos de la libertad de imprenta.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1023192 / 9115563.