Texto oficial
Art. 39.- Las elecciones se harán en un solo dia, i las juntas receptoras funcionarán sin interrupción siete horas, contadas desde la nueve de la mañana hasta las cuatro de la tarde
Lei de elecciones
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1023193 / 9115212.