Saltar al contenido

Artículo 3 de la Ley 20.490 · Aumenta las plantas de personal de carabineros de chile

Aumenta las plantas de personal de carabineros de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1023304 / 9115739.

Texto oficial

Artículo 3º.- Modifícase el artículo 1º de la ley Nº 18.291, de la siguiente forma: 1) Auméntase la planta de Personal de Nombramiento Supremo del Escalafón de Oficiales de Orden y Seguridad, en los siguientes empleos y grados: Nº de empleos Grados 2 Generales 3 19 Coroneles 5 27 Tenientes Coroneles 7 60 Mayores 8 156 Capitanes 9 176 Subtenientes 12 2) Auméntase la planta de Personal de Nombramiento Institucional, Personal de Fila, Escalafón de Orden y Seguridad y los Servicios, en los siguientes empleos y grados: Nº de empleos Grados 696 Suboficiales Mayores 11 1.076 Suboficiales 12 1.460 Sargentos 1ºs. 13 1.980 Sargentos 2ºs. 14 1.124 Cabos 1ºs. 15 998 Cabos 2ºs. 16