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Artículo 2 de la Ley 20.505

Adelanta la plena vigencia del sistema de protección al contribuyente del impuesto específico a los combustibles (sipco) previsto en la ley n° 20.493

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1023817 / 9123173.

Texto oficial

Artículo 2°.- La Comisión Nacional de Energía deberá elaborar un nuevo informe con los precios de referencia a que se refiere el artículo 2° de la ley N° 20.493, que sustituya aquellos que hubiese enviado el lunes anterior a la vigencia de esta ley.".