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Artículo transitorio de la Ley 20.511

Faculta a los ministerios de relaciones exteriores, hacienda, economía, fomento y turismo, y al consejo nacional de la cultura y las artes para integrarse al directorio de la fundación imagen de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1025209 / 9139154.

Texto oficial

Artículo transitorio.- Declárase válida la integración de los ministros de Relaciones Exteriores, Economía, Fomento y Turismo, y el Presidente del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, a la fecha de publicación de la presente ley, en el directorio provisorio de la Fundación Imagen de Chile, cuya personalidad jurídica fue concedida por decreto exento Nº 1.787, de 8 de mayo de 2009, del Ministerio de Justicia.".