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Artículo 33 del Decreto 943

Aprueba reglamento que establece un estatuto laboral y de formación para el trabajo penitenciario

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1025358 / 9141150.

Texto oficial

Artículo 33. Pago de los servicios básicos. El empresario estará obligado a pagar a Gendarmería el consumo de los servicios básicos que haga uso a consecuencia de su actividad productiva, tales como agua, energía eléctrica, gas, teléfono, extracción de basura y otros. Los detalles de dicha obligación y los plazos para su cumplimiento deberán ser indicados en las Bases de Licitación respectivas.