Saltar al contenido

Artículo 62 del Decreto 943

Aprueba reglamento que establece un estatuto laboral y de formación para el trabajo penitenciario

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1025358 / 9141186.

Texto oficial

Artículo 62. Del ingreso de quienes prestan servicios de aseo, alimentación y mantención. Estos servicios serán financiados con el ítem correspondiente asignado en el presupuesto institucional. La cantidad debe estar acorde a la disponibilidad presupuestaria que contenga la pertinente resolución del Director Nacional. Los ingresos de los internos que realicen esta actividad será el equivalente a un porcentaje del ingreso mínimo mensual imponible de los trabajadores y ascenderá a un 30% en el caso de los Maestros y un 22% en el caso los Ayudantes.