Texto oficial
Artículo 48. De la presentación y verificación de
los proyectos. Para el ingreso y aprobación de los
proyectos, el Serviu podrá operar mediante los sistemas
electrónicos que disponga el Minvu para estos efectos. Para
la verificación y aprobación de los proyectos, la entidad
patrocinante deberá presentar al Serviu un proyecto
habitacional que cumpla con todas las disposiciones legales,
reglamentarias y los requisitos exigidos al proyecto; su
equipamiento y al estándar de las viviendas que lo
integran, según lo establecido en este reglamento. Para la
definición de los proyectos habitacionales, las entidades
patrocinantes podrán consultar al Serviu antecedentes que
provengan del Sistema de Información Territorial de la
Demanda, respecto de la cuantificación y caracterización
de las familias y su ubicación en el territorio.
Al presentar el proyecto habitacional al Serviu, la
entidad patrocinante, deberá acompañar los siguientes
antecedentes:
a) Coordenadas de georreferenciación (x,y) y dirección
del proyecto.
b) Plano de emplazamiento del loteo a escala suficiente
para graficar:
. el límite urbano y el límite del área
operacional
de la empresa sanitaria que incide en el proyecto,
salvo que se trate de un proyecto en el área
rural
aprobado de conformidad al artículo 55 de la Ley
General de Urbanismo y Construcciones.
. ELIMINADO.
. la vía local o de categoría mayor existente a la
cual se accede al proyecto, graficando a escala el
corte dimensionado del perfil de dicha vía.
c) Permiso de edificación del proyecto completo de las
viviendas y del proyecto habitacional, otorgado por la
Dirección de Obras Municipales, acompañado de los
siguientes antecedentes:
c1) Plano de loteo con cuadro de superficies,
identificando etapas del proyecto, si corresponde,
orientación y emplazamiento de las viviendas y
áreas y/o edificaciones que se destinarán a
equipamiento.
c2) Planos de arquitectura de las viviendas en
plantas,
elevaciones, cortes a escala 1:100 o bien 1:50,
con
cuadro de superficies, que indiquen correctamente
las dimensiones de los recintos interiores y
grafiquen el mobiliario mínimo exigido para cada
tipología de viviendas del proyecto;
correspondiente al permiso de edificación
señalado
en la letra c) del presente artículo, además de
los
planos de arquitectura y detalles del equipamiento
áreas verdes y espacios comunes.
c3) Especificaciones técnicas de las edificaciones,
incluyendo las del equipamiento, correspondiente
al
permiso de edificación señalado en la letra c)
del
presente artículo.
d) Eliminado.