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Artículo 47 del Decreto 1

Aprueba reglamento del sistema integrado de subsidio habitacional y deroga el d.s. nº40, de 2004, y el capítulo segundo del d.s. nº 174, de 2005

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1026260 / 9147783.

Texto oficial

Artículo 47. Requisitos de los proyectos habitacionales para el tramo 1 y 2 de precio de vivienda. Los proyectos presentados para el tramo 1 y 2 de precio de vivienda de este reglamento, deberán cumplir como mínimo los siguientes requisitos: a) Estar ubicado dentro del límite urbano fijado por el respectivo instrumento de planificación territorial, o contar con la aprobación de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de acuerdo a lo señalado en el artículo 55 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones. b) Estar ubicado dentro del territorio operacional de la empresa sanitaria correspondiente y/o presentar Convenio de Prestación de Servicios otorgado por la empresa sanitaria, salvo que se trate de un proyecto aprobado conforme a lo señalado en el artículo 55 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones. c) Que el terreno donde se emplaza el loteo posea al menos un frente con acceso directo a una vía local o de categoría mayor existente. d) ELIMINADO.