Texto oficial
Artículo 65. Factores de puntaje para el subsidio
habitacional de los tramos 1 y 2 de precio de vivienda. Los
factores para determinar el puntaje que definirá la
prelación entre los postulantes, serán los siguientes:
a) Grupo Familiar:
40 puntos por cada uno de los integrantes del núcleo
familiar señalado en la Declaración de Núcleo, incluido
el conviviente, de ser el caso, con excepción del
postulante, quien en ningún caso obtendrá puntaje por este
concepto.
35 puntos adicionales como postulante, si éste es madre o
padre soltero, divorciado o viudo que tenga a su cargo hijos
de hasta 24 años incluidos los que los cumplan en el año
calendario del llamado. No se otorgará este puntaje en caso
que el postulante incorpore a su conviviente en el
formularlo Declaración de Núcleo.
30 puntos adicionales por cada menor de hasta 5 años
incluido en la Declaración de Núcleo, comprendidos los que
cumplan 5 años durante el año calendario del llamado a
postulación.
20 puntos adicionales por cada menor entre 6 y hasta 18
años de edad, integrantes del núcleo familiar identificado
en la Declaración de Núcleo, incluidos los que cumplan 6 y
18 años durante el año calendario del llamado a
postulación.
30 puntos adicionales por cada miembro del Núcleo
Familiar Declarado, incluido el postulante que estuviere
inscrito en el Registro Nacional de la Discapacidad a que se
refiere el artículo 55 de la Ley Nº 20.422 que Establece
Normas Sobre Igualdad de Oportunidades e Inclusión Social
de Personas con Discapacidad.
150 puntos adicionales como postulante, si éste tuviese 60
o más años de edad, considerando al que los cumple durante
el año calendario del llamado a postulación.
30 puntos adicionales por cada integrante del núcleo
familiar declarado, excluido el postulante, que tuviese 60 o
más años de edad, considerando a los que los cumplan
durante el año calendario del llamado a postulación.
300 puntos si el postulante o su cónyuge invoca su
condición de persona reconocida como víctima en el informe
de la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura,
designada por DS Nº 1.040, de Interior, de 2003, o por la
Comisión Asesora para la calificación de Detenidos
Desaparecidos, Ejecutados Políticos y Víctimas de Prisión
Política y Tortura, a que se refiere el artículo 3º
transitorio de la ley Nº 20.405.
20 puntos por cada integrante del núcleo familiar que
acredite haber cumplido efectivamente con su Servicio
Militar en modalidad de Conscripción Ordinaria y Valer
Militar, y que han quedado en condición de Acuartelados en
el Proceso de Selección de Contingente a partir del año
2004.
50 puntos adicionales como postulante, en caso que éste o
su cónyuge hubiesen sido propietarios de una vivienda que
resultó destruida o inhabitable, debidamente certificado,
de acuerdo a lo señalado en la letra a) del artículo 18 de
este reglamento.
40 puntos adicionales por cada integrante del grupo familiar
que acredite ser voluntario Activo del Cuerpo de Bomberos y
que se encuentre inscrito en el Registro Nacional de
Bomberos Voluntarios a cargo de la Junta Nacional de Cuerpos
de Bomberos de Chile.
40 puntos adicionales si el postulante o su cónyuge, o
conviviente civil, que son funcionarios de Gendarmería de
Chile, certificada esta situación conforme a lo indicado en
la letra p) del artículo 16. Este puntaje será
incompatible con el de cumplimiento de Servicio Militar.
Los miembros del núcleo familiar incluidos en la
Declaración de Núcleo deberán corresponder a los
incluidos en el instrumento de caracterización
socioeconómica aplicado al postulante.
b) Vulnerabilidad habitacional:
El puntaje por vulnerabilidad habitacional será el
siguiente, de acuerdo al índice de hacinamiento, que
corresponde al cociente entre el número de personas y el
número de dormitorios de la vivienda que habitan, según la
información proporcionada por el instrumento de
caracterización socioeconómica:
.
c) Monto de Ahorro
Por cada UF que exceda el ahorro mínimo exigido para
postular, se otorgarán los siguientes puntajes, de acuerdo
al rango de exceso, los que se sumarán para obtener el
puntaje total por este factor:
.
d) Permanencia y Constancia de Ahorro:
25 puntos por cada semestre en que se cumpla que:
El saldo medio semestral previo a la postulación es
igual o superior al 75% del saldo registrado en la cuenta al
momento de la postulación.
El saldo medio semestral previo al antes señalado es
igual o superior al 50% del saldo registrado en la cuenta al
momento de la postulación.
El saldo medio semestral previo al antes señalado es
igual o superior al 25% del saldo registrado en la cuenta al
momento de la postulación.
El saldo medio semestral previo al antes señalado es
igual o superior al 12,5% del saldo registrado en la cuenta
al momento de la postulación.
e). Antigüedad de la postulación:
25 puntos si el postulante hábil no hubiese resultado
seleccionado en uno o más llamados a postulación en que
hubiere participado, regulados por el presente reglamento
y/o por el DS N°49 (V. y U.), de 2011. Este puntaje se
otorgará por cada llamado a postulación.
f) Programa de arriendo:
80 puntos por cada 12 meses de copago de renta
correspondientes al Programa de Subsidio de Arriendo de
Vivienda, normado por el D.S. Nº 52 (V. y U), de 2013, que
acredite el titular del beneficio, con un máximo de 240
puntos.