Texto oficial
Artículo 13º: Los convenios que se celebren para la
ejecución de las líneas del Programa se celebrarán previo
procedimiento concursal, según las normas generales y de
acuerdo a las bases de concurso elaboradas por el Servicio,
las que fijarán los parámetros necesarios para asegurar la
igualdad de los oferentes, así como también el resguardo
de los intereses económicos del Servicio.
Sin perjuicio de lo anterior, por razones debidamente
fundadas, el Servicio podrá suscribir convenios de manera
directa para la ejecución de las líneas del Programa, con
una o más entidades públicas o privadas sin fines de
lucro.