Texto oficial
Artículo l6º. El presente decreto entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial, sin perjuicio del inciso primero del artículo 5º, que tiene una vigencia diferente.
Establece norma de emisión para centrales termoeléctricas
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1026808 / 9152222.